El Supremo admite a trámite el debate jurídico sobre la exención en el IRPF de la prestación por maternidad (copia)

La tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tiene un debate abierto en la jurisdicción contencioso-administrativa, que es la competente por razón de la materia. Tres pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con base en un excelente análisis interpretativo del art. 7.h) de la Ley 35/2006 (Ley IRPF), reconocieron su liberación de impuestos, en contra de algún otro pronunciamiento en sede de la jurisprudencia menor que, precisamente, es el que ha propiciado el acceso de la cuestión a sede casacional.

El Tribunal Supremo, haciendo uso del procedimiento establecido para el recién estrenado recurso de casación para la formación de jurisprudencia, y considerando que concurre interés casacional objetivo, acepta asumir la interpretación del art. 7.h) de la Ley 35/2006 (Ley IRPF) en su auto de 17 de enero de 2018, al objeto de aclarar si procede o no la exención a debate.